Si hemos presentado la declaración del modelo 303 de 4T y el correspondiene resumen anual (modelo 390) con la opción a compensar se puede dar elcaso que nos hayamos arrepentido de solicitar la compensación (casilla 97 del modlo390) en vez de la devolución (casila 98 del mismo modelo). ¿podemos cambia esta situación?.

La respuseta es que sí pero con un pero. Es posible cambiar la opción siempre y cuando estemos en periodo voluntario de presentación del modelo, en cuanto haya pasado el mismo la opción será irrevocable. ¿como hacerlo? Presentaremos una declaracón sustitutiva del modelo 390 con la opción a compensar y solicitaremos una rectificacion de la autoliqudación del modelo 303 (se hace con un simple escrito explicando qué es lo que se quiere rectificar acompañando una copia del modelo que se pretende rectificar.

Si os surgen dudas podemos comentarlas.

Normativa:

Artículo 99 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
Artículo 115 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
Artículo 119 Ley 58 / 2003 , de 17 de diciembre de 2003 .

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